Con base a los razonamientos explanados este Tribunal Segundo en funciones de Control de Audiencias y Medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Primero: De conformidad con lo establecido en 367 del Código orgánico procesal Penal en concordancia con el Art. 376 ejusdem, condena al ciudadano JONATHAN NAZARETH GUAREGUA, titular de la cédula de identidad Nº 16.944.476, venezolano, de 31 años de edad, natural de Aragua fecha de nacimiento 05/11/1977, hijo de Juan de Ramona Ester Guaregua, de profesión u oficio Albañil y residenciado en Puerto Ordaz Sector José Tadeo Monagas, manzana 04 calle 57 estado Bolívar, por la admisión de los hechos, al subsumirse la conducta del acusado en la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 en concordancia con el artículo 65 numeral 3º de la Ley orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violenci.....