Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada al ciudadano: PEDRO JOSÉ TORRES LINARES, titular de la Cédula de Identidad Número V-14.1148.193, por el delito de: AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículos 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, derogada, en perjuicio de la ciudadana: MARIELA AVILA TORRES, POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 Numeral 3º y 48 Numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, Numeral 5º del Código Penal. Notifíquese de la presente Decisión a las Partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 179, único aparte ejusdem, Regístrese y Publíquese, y en su debida oportunidad remítase al Arch.....