Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; ADMITE LA ACUSACION interpuesta por los Abogados RAFAEL SALAS Y ELENA MARGARITA LINARES, actuando con el carácter de Fiscal Noveno y Auxiliar del Ministerio Público, contra la ciudadana VÁSQUEZ TERÁN YURLEY NAKARY con cédula de identidad Nº 17.347.716, natural de Trujillo de 21 años de edad, de profesión u oficio estudiante, hija de Yolanda Terán y José Gregorio Vásquez residenciada en Urbanización Tímirisis Parte alta, casa S/n, color verde claro con el portón verde, donde dan vuelta las busetas, municipio Trujillo, estado Trujillo, por el delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el articulo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, cometido en perjuicio del niño DIONET ALEXANDER.....