Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fueron objeto los ciudadanos HERNANDIS VENECIA MONTENEGRO, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº 15.135.489, natural de Santa Bárbara del Zulia, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 10-08-79, soltero, ayudante de albañil, hijo Maria Montenegro, y Hernán Venecia, residenciado en la via Betijoque, rancho de acerolit, cerca del Bar Restaurante, Swing Latino , (como a 50 metros) quien manifestó: “ No voy a declarar) y LUIS ALFONSO CAMPOS QUINTERO, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº 25.733.503( no porta en este momento), Natural de Betijoque , de 18 años de edad, fecha de nacimiento 27-03-89, soltero, vendedor de empanadas, hijo de Maria.....