III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana MARY CARMEN SALCEDO FERNÁNDEZ, ya identificada, contra la decisión del A quo, dictada en fecha 12 de Noviembre de 2007.
En consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente solicitud.
Se CONFIRMA la decisión apelada.
Dada la naturaleza de este fallo, no especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa este expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la ciudad de Trujillo, el diecisiete (17) de Junio de dos mil ocho .....