ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: EDUARDO ALBERTO FUENTES VARGAS, Venezolano natural de Trujillo Estado Trujillo, titular de la Cédula de identidad N° V.-15.407.354, soltero de profesión u oficio Indefinida, residenciado en la Calle Arroyo casa S/N, El Paradero Municipio José Felipe Márquez Cañizalez del Estado Trujillo, por el delito de: Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo el artículo 219 del Código Penal,, en agravio de la ciudadana: EL ORDEN PÚBLICO, por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, ordinales 3º , 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión, conforme a lo establecido en el primer aparte del artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, en su debida oportunidad r.....