Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace las siguientes determinaciones: Oída la admisión de los hechos por parte del imputado, dicta sentencia condenatoria en contra del ciudadano JESUS ANTONIO LINARES DUARTE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 20.039.823, nacido en fecha 08-06-1989, de 19 años de edad, hijo de Gladis Coromoto Briceño Duarte y Jesús Antonio Linares, soltero, estudiante en Mene Grande Estado Zulia Ingeniería petrolera, estoy empezando, residenciado en la Calle San José, sabana de Mendoza, casa nº 02, de color blanco, a una cuadra de la bodega Las Flores, Sabana de Mendoza, teléfono: 0424-7701572, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en cumplimiento del articulo 364 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a explicar motivadamente la pena a imponer en el presente caso, el delito de Porte Ilícito de Arma, previsto .....