El Tribunal observa que existen fundados elementos de convicción para consideran que los imputados JUAN JOSE GUDIÑO VILLEGAS, EDWIN ANDRES ORTIZ ROA, PEDRO PABLO ORTEGA GUDIÑO VILLEGAS JOSE TEODORO EDIXON JOSE SANCHEZ DAVILA y RAMON ENRIQUE BRICEÑO PEÑALOZA , son los presuntos autores del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 218 , DEL Código penal, , para esta etapa procesal, elementos de convicción que vienen materializados por el acta policial, donde señala la circunstancia de aprehensión según esta acta fueron aprehendidos a pocos momentos del haber cometido el hecho, así como también de la declararon rendida por los funcionarios aprehensores, razones que lleva este Tribunal declara la aprensión en flagrancia de los imputados, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , previsto y sancionado en el artículo 218 , del Código penal, , ya que fueron aprehendidos a los pocas momentos de sucedidos los hechos.....