En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, contra la sentencia de fecha 14 de Agosto de 2001, dictada por el A quo.
Se declara CON LUGAR la falta de cualidad del demandante y del demandado para sostener este juicio, opuesta por la parte demandada.
En tal virtud, se declara SIN LUGAR la presente demanda, propuesta por el ciudadano JUAN FRANCISCO ALBARRÁN, contra el ciudadano JOSÉ RAFAEL RONDÓN, ambos identificados, por reivindicación del inmueble formado por una casa y el terreno sobre la cual está construida, ubicada en la avenida 15, distinguida con los números 13-54, entre las calles 13 y 14 de la ciudad de Valera, en jurisdicción de la Parroquia Mercedes Díaz del Municipio Valera del Estado.....