En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente demanda de DESALOJO DE INMUEBLE identificado Ut Supra, intentada por MARELYS QUINTERO VALECILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nos. V- 10.033.659, domiciliada en la Ciudad de Valera, del Estado Trujillo, asistida por el Abogado en ejercicio GABRIEL ANTONIO SIFUENTES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nº 34.488, de igual domicilio; en contra de DIANA JOSEFINA QUERALES CALDERA, Venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, domiciliada en la Urbanización "Las Américas, Parroquia Valmore Rodríguez, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nº V- .....