Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de nulidad intentado por MICROLAB C.A. compañía debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de octubre de 1993, bajo el Nº 2 tomo 1-A representado judicialmente por PEDRO ROJAS MALPICA, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 5.586, con domicilio en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA y contra NAYLETH BRITO por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO.
En consecuencia basta el anterior argumento para declarar la nulidad absoluta de la providencia Administrativa recurrida, es decir la dictada por la Inspect.....