DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 27-09-2006, entre los ciudadanos GUTIERREZ CELIS RUBEN DARIO Y DURAN QUEVEDO ROSA ISELA, realizado ante, ante por ante La Fiscalia Octava del Ministerio Público, habida cuenta que el padre convino, el pago Ciento cincuenta Mil Bolívares ( Bs.150.000,oo) quincenal, los cuales estará depositando en una cuenta Bancaria que abrirá la ciudadana: DURAN QUEVEDO ROSA ISELA, así mismo se comprometió a cubrir los gastos de Medicina, vestido educación y demás gastos que puedan presentarse, serán compartidos, de igual manera se comprometió a darle igual cantidad en el mes de Septiembre y Diciembre., condiciones estas aceptadas por la madre ciudadana: DURAN QUEVED.....