ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; Vista la decisión de fecha 14 de noviembre de 2007 en la cual se decreto la suspensión condicional del proceso a favor del ciudadano HIPOLITO SILVANO RUIZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad N° 5.362.967, de ocupación taxista, hijo Hipólito Casiano y Maria de Ruiz , natural San Fernando de Apure , de 57 años de edad, nacido en fecha 06-05-50, residenciado en Calabozo, barrio Ali Primera calle Páez, casa sin numero, cerca del Hospital Francisco Urdaneta y la escuela Celina Acosta por el periodo de un año, bajo el cumplimiento de las siguientes condiciones presentación cada tres meses ante el Tribunal y control de delegado de prueba que le sea designado, visto que revisada la causa no fue librado oficio a la Unidad Técnica de Apoyo penitenciario, se estima como no impuesta dicha condición, y revisada la ficha de presentaciones se observa.....