DISPOSITIVA:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: RAMONA DEL CARMEN OCANTO RODRIGUEZ y FREDY JOSE TERAN, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros.V-5.774.978 y V-5.434.742 respectivamente, domiciliados, la primera, en la Calle principal de Pueblo Nuevo, Casa N° 21, Santa Ana, Municipio Pampán, y el segundo, en la Calle Páez, El Peladero, Casa N° 21, Santa Ana, Municipio Pampán del Estado Trujillo. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día Diecisiet.....