DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE la acusación presentada por el Abogado ALFRDO URRECHEAGA, actuando con el carácter de Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público, contra el ciudadano ANTONIO RAMON ABREU PARRA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.377.942, venezolano, nacido el 13-11-1968, edad 42 años, casado, residenciado EN PORTACHUELO, CARRETRA NACIONAL, SECTOR LA VEGA ARRIBA MUNICIPIO BOCONO DEL ESTADO TRUJILLO, por la presunta comisión del delito de AMENAZA previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana MIRLA DAYANA DAVID DE ABREU, AD.....