Por las razones anteriormente expuestas este Penal en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de presentaciones de cada treinta (30) días a cada SESENTA (60) DÍAS a los imputados JESUS MANUEL FRANCO RONDON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.798.994, nacido en fecha 23-04-1976, de 30 años de edad, soltero, Albañil, hijo de Carmen Teresa Rondon de Franco y José Hipólito Franco Rivera, residenciado En la Puerta, vía Trasandina, diagonal a la Escuela, casa S/N, de color Rosada, Valera, Estado Trujillo y JOSÉ HIPÓLITO FRANCO RONDON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.719.806, nacido en fecha 21-10-1978, de 29 años de edad, Casado, Comerciante, hijo de Carmen Teresa Rondon de Franc.....