Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE la ACUSACION presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, contra el ciudadano ROQUE PRADA JESUS ALBERTO, venezolano, de 21 años de edad, soltero, vigilante, nacido en Maracaibo, el 29-01-86, cédula de identidad N° 17233735, hijo de Jesús Roque y Mireya Prada, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (CON ALEVOSIA), EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 406 NUMERAL 1 del Código Penal, en relación con el 324 del mismo código, en agravio del ciudadano ORLANDO ANTONIO LUGO GONZALEZ, EN SEGUNDO LUGAR, ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS ofrecidos por el Representante Del Ministerio Público, debiend.....