Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: CUMPLIMIENTO DE LA PENA impuesta al ciudadano ALBARRAN SALCEDO JOSE, cédula de identidad N° 9176965, soltero, natural de la parroquia La Puerta, Valera estado Trujillo, nacido el 22-12-60, residenciado en el sector Valera Alta, vía principal, curva principal, La Puerta estado Trujillo, en fecha 03 de mayo de 2005, por el Juez de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, lo que trae como consecuencia jurídica inmediata, la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, conforme al artículo 105 del Código Penal.. Notifíquese a las partes de la presente decisión, debiendo cesar cualquiera restricción personal dictada con ocasión del presente asunto.