CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano HUMBERTO JOSE VILLEGAS ARTIGAS, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 1.927.049, asistido por el Abogado en ejercicio Máximo Rangel Paredes, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 46740 contra la ciudadana ALEIDA FALCON DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.561.205, domiciliada en la Calle 11, entre avenidas 11 y 12, al lado de Banfoandes, Municipio Valera Estado Trujillo, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia:
1) Se declara Parcialmente con Lugar la demanda incoada por desalojo de inmueble.
2) Se.....