CUARTO
En consecuencia, por los motivos anteriormente señalados, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana YUSNEYDA ANDREINA BRICEÑO ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.752.545, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 130.449, domiciliada en esta ciudad y Municipio Valera, Estado Trujillo, actuando como apoderada judicial de la ciudadana INGRID JACKELINE CARVAJAL GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 10.402.422, domiciliada en esta ciudad de Valera, Estado Trujillo, contra la ciudadana MARÍA AUXILIADORA NIÑO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.299.060, domiciliada en esta ciudad de Valera, Estado Trujillo, .....