DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: Se DECRETA el Sobreseimiento de la causa iniciada con motivo de la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: JORGE DARIO MIQUILENA RIVERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.452.251, residenciado en la Avenida Ayacucho, casa N° 5-52, a una cuadra de las instalaciones de Nutrición, Santa Rosa Municipio Trujillo Estado Trujillo, en perjuicio de la ciudadana: ALDANA MONTILLA VITALICIA, con cedula de identidad V-8.718.139, Estado Trujillo, por la comisión de los delitos de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 45 ejusdem.....