D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD PASIVA alegada por los co demandados de autos ciudadanos ARGENIS BETANCOURT NAVARRO y JONATHAN MARX BETANCOURT PÉREZ, ya identificados, para sostener por si solos el presente juicio.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda que por Nulidad de Venta, intentara el ciudadano JOSÉ HILDEMARO ANDARA RAMÍREZ, contra los ciudadanos ARGENIS BETANCOURT NAVARRO, JONATHAN MARX BETANCOURT PÉREZ y THAIS PINEDA GÓMEZ, identificados en autos.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante en virtud de haber resultado venci.....