Por las razones expuestas y sobre la base de las disposiciones citadas a lo largo de la presente decisión, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1) La Detención Flagrante del adolescente , venezolano, titular de la cédula de identidad N° , de años de edad, nacido en fecha , natural de Maracaibo, estado Zulia. Grado de instrucción Bachiller, hijo de y , residenciado, estado Zulia. 2) La Aplicación del Procedimiento Ordinario; 3) Medida de Presentación una vez al mes por ante la Ofician de Prestaciones de este Circuito Judicial asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar del adolescente , venezolano, titular de la cédula de identidad N° , de años de edad, nacido en fecha , natural de Maracaibo, estado Zulia. Grado de instrucción Bachiller, hijo de y , residenciado , estado Trujillo, y la dirección de Maracaibo estado Zulia; 4) Se ordena el desglose de las Actuaciones Policiales y Remitir l.....