este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Califica la aprehensión del ciudadano JOHAN JOSÉ MENDOZA ALDANA, mayor de edad, venezolano, mayor de edad, Estado Civil Soltero, Titular de la Cedula de Identidad Nº 18.457.989, (no presento identificación alguna que lo identifique), edad 22 años, natural de Caracas, fecha de nacimiento 11-10-1985, Ocupación desempleado, domiciliado en Avenida Principal, pie de sabana, callejón palma sola, la cejita, detrás del liceo la cejita, de color blanca con rejas negras la casa es de dos pisos, casa S/N, Valera Estado Trujillo, hijo de Maria de los Reyes Aldana y Luís Torres, alfabeto, por la comisión del delito de Porte Ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en agravio del Orden Públic.....