D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: TEODORA COROMOTO MATERANO RODRIGUEZ y FREDDY EMIDIO DELGADO RAMIREZ, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el 17 de junio de 1.999, por ante la prefectura de la parroquia ARNOLDO GABALDON, municipio Candelaria del estado Trujillo, según se evidencia del acta de matrimonio signada con el N° 06, que corre inserta en el folio 3 del expediente.
Déjese por secretaría copia certificada del presente fallo, conforme a lo.....