Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por el Abogado CARLOS ENRIQUE ISEA LOPEZ, actuando con el carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, contra el ciudadano JULIO CESAR CARRERO HIDALGO, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 13.896.239, soltero, de 28 años de edad, Natural de Valera, nacido el 22/01/78, Albañil, hijo de María Adelaida hidalgo y Ángel Antonio Carrero (difunto) residenciado en Carvajal, San Genaro, casa de las invasiones, mas abajito de la capilla san benito, casa N° 22 , Valera Estado Trujillo, , por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Tráfico Ilícito Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas EN SEGUNDO LUGAR, se le SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano JULIO CESAR CARRERO HIDALGO, por el lapso d.....