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Decisiones del dia 24/02/2008 |
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N° Expediente :
TP01-P-2007-006294
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/02/2008 |
Procedimiento: Suspension Condicional Del Proceso |
Partes: IMPUTADO: MILENA DEL CARMEN GONZÁLEZ SOCORRO, FREDDY MARTOS; VICTIMA: INDIRA PEÑA ARROYO |
Resumen:
este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,.- decreta: PRIMERO: se admite la acusación interpuesta por le Ministerio Público contra de la ciudadana : Milena del Carmen González Socorro, por el delito de LESIONES INTENCIONMALES LEVES, prevista y sancionado en el articulo 416 del código penal, en agravio de la victima Indira Rafaela Peña Arroyo la victima Indira Rafaela Peña Arroyo. Segundo: Como quiera que la acusada admitió los hechos y solicito la suspensión condicional del proceso, no habiendo oposición por parte del Ministerio Público y de la víctima, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Penal Adjetivo y dado que la pena no excede tres (03) años en su limite máximo, se acuerda la suspensión condicional del proceso por un lapso de 6 meses, quedando sujeto a las siguientes condiciones.....
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Juez/Ponente:
José Daniel Perdomo Durán
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Organo:
Tribunal Segundo de Control
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N° Expediente :
TP01-P-2008-001177
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/02/2008 |
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad |
Partes: IMPUTADO: EDIXON JOSE BRICEÑO, ENDER ENRIQUE FERNANDEZ BENITEZ Y JOSE ALEJANDRO VALECILLOS; VICTIMA: MORA OJEDA JOSE GREGORIO |
Resumen:
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 248 ejusdem se decreta la Aprehensión Como Flagrante. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en los artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos EDIXON JOSE BRICEÑO, ENDER ENRIQUE FERNANDEZ BENITEZ y JOSE ALEJANDRO VALECILLOS, ya identificados, consistente en presentación cada 15 días por ante la prefectura del Municipio Carvajal del estado Trujillo, y prohibición de acercarse a la victima, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 4° y 9° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano MORA OJEDA JOSE GREGORIO. TERCERO: De conformidad con el artículo 373 eiusdem se acuerda la Aplicación del Procedimiento Ordinario.
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Juez/Ponente:
José Daniel Perdomo Durán
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Organo:
Tribunal Segundo de Control
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