En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 dl Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus MATILDE DE LAS MERCEDES MENDEZ DE MENDOZA, quien falleció el 13 de Mayo de 2013, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina del Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nro. 207, a los ciudadanos: MARIA JOSEFÍNA MÉNDEZ DE BARRETO, CI: 3.523.114; JOSE ISIDRO MENDEZ LUQUE, CI: 2.685.511; MARIA NATIVIDAD MENDEZ DE VALERA, CI: 3.215.711; ELIO DE JESUS MENDEZ LUQUE, CI: 3.521.268; OMAIRA DEL CARMEN MENDEZ.....