Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos OVELLY COROMOTO GONZALEZ DE AVILA, venezolana, mayor de edad, hija de Jacinto Pérez y Carmen González, residenciada en San jacinto, calle Niquitao, casa N° 54, al lado de la iglesia San Jacinto Trujillo estado Trujillo, y HUMBERTO AVILA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 3906187,c asado, conductor, hijo de Pedro Álvarez y Emilia Ávila, domiciliado en San Jacinto, calle Niquitao, casa N° 54, al lado de la Iglesia San Jacinto, Trujillo estado Trujillo, por la comisión de los delitos de TRATO CRUEL Y OMISION DE DENUNCIA, previstos y sancionados en los artículos 254 y 275 de la Ley para La Protección del Niño y Adolescente, de conformidad con lo estableci.....