este tribunal de Control N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente la solicitud fiscal , y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa a favor de un ciudadano de nombre RUBEN, desconociendo otros datos de identificación por el delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previsto en el artículo 413 del Código Penal por prescripción y extinción de la acción penal y en concordancia con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal y extinguida la misma conforme al artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, l en agravio de el ciudadano VILORIA JOEL EDUARDO, venezolano, natural de Valera, Estado Trujillo, de 30 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 13.461.510 y residenciado en PIE DE SABANA VIA PRINCIPAL CASA N- 41, LA CEJITA, estado Trujillo , conforme al artículo 318 numeral 3° del Código Orgán.....