PRIMERO: Se autoriza al ciudadano: ALBERTO JESUS OMAÑA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.058.869, quien actúa en nombre y representación de su hija: (SE OMITE EL NOMBRE DEL NIÑO DE ACUERDO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), para gestionar el cobro correspondiente a Prestaciones Sociales, Aguinaldos pendientes, Cesta Ticket, Pensión de sobreviviente, y cualquier otro beneficio, ante el Internado Judicial del Estado Trujillo, adscrito al Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, así como también seguro de vida por ante Seguros Universal y cualquier otro organismo que requiera tal autorización a que tengan derecho de acuerdo a la Ley, dejada por la causante ciudadana: ONELSI DEL VALLE LUQUE TERAN, quien era: Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.617.445, lo cual se evidencia en el acta de defunción, signada bajo el Nº 219, expedida por la Jefatura del Registro Civil Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera d.....