Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, EN PRIMER LUGAR, Otorga como forma anticipada de cumplimiento de Pena, DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al ciudadano JORGE RAMON AVENDAÑO BASTIDAS, venezolano, cédula de identidad N° 9169241, soltero, nacido el 22-01-62, natural de Valera, herrero, hijo de Leonidas Avendaño y María Bastidas, residenciado en la urbanización Santa Cruz, vereda 30,c asa N° 6, verde y celeste, cerca de la señora Elena Artigas, Valera estado Trujillo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, 64 y 65 de la Ley de Régimen penitenciario, y 272 Constitucional, durante el cumplimiento de tal Fórmula de cumplimiento de pena, se desempeñará como HERRERO DE PRIMERA en el comercio propiedad del ciudadano GEOVANNI MORENO, ubicado en Santa Cruz, Tercera Etapa, Casa N° 9, Va.....