Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, decreta libertad al ciudadano CARMEN ALICIA CHICO GODOY, venezolana, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 14928468, de oficios del hogar, hija de María Juana Godoy y Salvador Chico Zúñiga, residenciada en Los Conucos de la Paz, parte alta, Valle Alto, por donde hicieron el hotel La Colina, casa sin número, Valera estado Trujillo, con la obligación de consignar ante este Tribunal, recaudaos necesarios para que se le tramite, como forma alternativa de cumplimiento de la pena impuesta la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA.