Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, EN PRIMER LUGAR, Otorga como forma anticipada de cumplimiento de Pena, DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, a KENIA NAIROBI MORILLO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 15188369, nacida el 13-07-82, natural de Valera estado Trujillo, hija de Carlos Morillo y Marlene Barrios, estudiante residenciada en Santo Domingo, parte alta, casa sin número, cerca del ambulatorio y de la bodega corazón de Jesús del señor Benito, casa de color rosada con rejas blancas Valera estado Trujillo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, 64 y 65 de la Ley de Régimen penitenciario, y 272 Constitucional, durante el cumplimiento de tal Fórmula de cumplimiento de pena, se desempeñará como empleada de la ciudadana OFMARA TADHIRA VILLARROEL BARROEUTA,.....