En consecuencia, por los motivos anteriormente señalados, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar, la demanda interpuesta por la ciudadana MELIDA FABIOLA HERRERA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.009.145, abogafa en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 33.951, domiciliada en Jurisdicción del Estado Trujillo, contra el ciudadano JOSÉ JESÚS TORO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.716.416, domiciliado en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, representado por su Defensor Ad-Litem, abogado GABRIEL ANTONIO SIFUENTES, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 34.488, domiciliado en esta ciudad de Valera, Estado Trujillo, por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES. En consecuencia:
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