CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana ANA CECILIA BRICEÑO VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.320.000, domiciliada en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, quien se encuentra representada por su apoderado judicial abogado en ejercicio IDELMARO BRICEÑO GALICIA, venezolano, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 13.217, contra el ciudadano HARRY ALFREDO PEÑA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.762.929, domiciliado en el Sector Sara Linda, Casa S/N, parte alta de la Parroquia José Gregorio Hernández del Municipi.....