UNICO
De conformidad con los artículos 1, 2, 3, 20 y 21 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, aplicable con rango Supraconstitucional por imperio del artículo 23 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, adminiculados a los artículos 23, 26, 76, 78, 49 y 257 de nuestra Carta Magna, en concordancia con los artículos 1, 7, 8, 26, 394, y artículo 400 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, con vista a la solicitud de autos relativa a la Colocación Familiar, ameritando consecuencialmente su protección mediante la medida de colocación familiar, de la niña (se omite su nombre por disposición de la lopna), este Tribunal resuelve:
PRIMERO: Se decreta la colocación familiar, de la niña (se omite su nombre por disposición de la lopna), en el hogar de la ciudadana: LENIS CLARETH MORON CAÑIZALEZ, identificada.
SEGUNDO: Mediante el presente fallo, se autoriza a la ciudadana, LENIS CLARETH MORON CAÑIZALEZ, a representar a la.....