D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en los Literales “a” y “b” del Artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Con Lugar la presente Demanda por Desalojo de Inmueble, intentada por la ciudadana Norbelis Josefina
Valera Briceño, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.651.847, domiciliada en Pampanito Estado Trujillo, representada por la Abogada Ana Baptista, inscrita en el I. P. S. A., bajo el Nro.62.237; Contra: Dinosca Marbely Cadenas, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.709.697, domiciliada en la Urbanización La Muralla,.....