Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial penal del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR,
se ORDENA, que se subsane esa omisión fiscal, conforme al articulo 49 constitucional, , e inadmitir la acusación presentada por la Fiscalía Cuarta del ministerio Público, y cumpla con la obligación de pronunciarse sobre el pedimento defensivo, en la causa seguida al ciudadano, LUJANO BAPTISTA CARLOS EDUARDO, venezolano, natural de Valera estado Trujillo, de 24 años de edad, soltero, mensajero, cédula de identidad N° 16065576, hijo de Aura del carmen Baptista y Arnoldo Gabriel Lujano, residenciado en La Floresta, calle principal, casa N° 54, frente a la bodega Ofelia, Valera estado Trujillo, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artícul.....