en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana: KAROL THAISMARA OCANTO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.149.220, quien actúa en representación de su hijo: (SE OMITE EL NOMBRE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de 08 años de edad, para retirar cheque a favor del niño antes mencionado, por ante la empresa: MAPFRE la SEGURIDAD C.A, con RIF J-00021410-7, por la cuota parte que le corresponde como Heredero de su legitimo padre ciudadano: OSCARLI JOSE ANGELES VALERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.633.222, lo cual se evidencia en el acta de defunción (folio N° 06), signada al N° 283, expedida por la Jefatura del Registro Civil, Parroquia la Beatriz, Municipio Valera Estado Trujillo.. Debiendo elaborar y remitir Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSC.....